You are here: Home » Abogados para deudas » Hipotecas fijas y cláusulas suelo

Hipotecas fijas y cláusulas suelo

 

Como saben muchos de los que tienen cláusula suelo o han tenido clausulas suelo en su negocio este es un acuerdo privado con el banco. En virtud del cual se eliminó nuestra clausula suelo. Muchas veces esa cláusula sólo se cambiaba por un interés fijo durante el resto de la vida del préstamo.

Demandar

A la hora de demandar muchas veces lo que se pedía es la nulidad de esa cláusula suelo y  de ese acuerdo privado por el cual se eliminó la cláusula suelo. Hay que tener en cuenta sobre todo de cara al futuro (y los que se hayan planteado demandar a partir de ahora). Que ese interés fijo que se estableció en ese acuerdo privado de innovación en virtud del cual se eliminó la cláusula suelo puede ser interesante de cara al futuro.

Interés fijo

Por ejemplo en aquellos casos en los que nuestra cláusula sólo del 4, del 4 1/2, se sustituyó por un interés fijo del 1 1/2, del 2, incluso del 2 1/2. Pues puede ser muy interesante mantenerlo así dependiendo también en función del importe del préstamo y de los años pendientes de amortizar.

Engaño

En el caso de que tuviéramos un 4 1/2 de un 4 y se permutó la misma por un fijo de un 3 1/2  o de un 4. Pues aquí el banco claramente nos engañó, nos estafó, puesto que bajar medio punto de una clausula suelo y dejar un fijo no tiene ningún sentido.

Acuerdo privado de innovación

Por lo tanto aquellas personas que tengan un acuerdo privado de innovación y vayan a reclamar para pedir la devolución de su cláusula suelo. Se le aconseja que primero se estudie si conviene mantener ese interés fijo, puesto que estamos actualmente con unos tipos que están tocando mínimos y la tendencia va a ser lógicamente al alza. Por lo tanto habría que solicitar la nulidad de la cláusula sólo con la restitución correspondiente. Pero dejando intacto el acuerdo privado de innovación.

16 de octubre de 2017

El 16 de octubre de 2017 el supremo zanjó la cuestión al respecto de esos acuerdos privados estableciendo que son nulos de pleno derecho. Puesto que algo que es nulo de raíz, como una persona solo no puede ser convalidado por un acuerdo posterior. Pero eso no implica que en nuestra demanda en base al principio de dispositivo de justicia rogada podamos pedir únicamente la nulidad de las ‘cláusulas suelo’ con su devolución correspondiente. Pero manteniendo el acuerdo privado de innovación siempre y cuando ese interés fijo nos interese a futuro también.

Relación

Puede tener relación el tema de los intereses fijos en las hipotecas con las cláusulas suelo en aquellas personas que no habiendo firmado ningún acuerdo privado con su banco todavía tiene su cláusula suelo vigente y aplicándosela. Y se han planteado reclamar pues en este caso resultaría factible negociar con la entidad bancaria una devolución.

Devolución

Quizá no total en función de lo que correspondería por aplicación del caso al suelo pero, si una devolución más pequeña, intentando sacar un interés fijo que a futuro nos beneficia. Como decimos intereses fijos que pueden ir desde el 1 1/2 hasta el 2 o incluso 2 1/2 dependiendo del importe de nuestro préstamo. Y sobre todo dependiendo del plazo que nos quede para amortizar todavía.

Por lo tanto aconsejamos que tanto en aquellos casos como se firmó un acuerdo privado de innovación con interés fijo y todavía no se ha demandado que se mantenga si es interesante sin tener fijo. Y en los casos en los que no se ha arreglado todavía, negociar con la entidad bancaria la restitución o incluso se podría renunciar a esa restitución si no es de un importe muy alto. Siempre bajo la condición de que no se aseguren un interés fijo durante el resto de préstamo que sea interesante.

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *